LA
LIBERACIÓN DE LOS DEPORTISTAS A LAS SELECCIONES NACIONALES
Los clubes se obligan a liberar a
sus jugadores inscritos a favor de los equipos representativos del país para el
que el jugador es elegible debido a su nacionalidad si la asociación nacional
convoca al jugador.
Implicaciones
legales:
De
acuerdo con lo que se preceptúa el articulo 2.1 de los estatutos de la RFEF, es
pues dentro de una relación asociativa privada donde, voluntaria y libremente
nace las relaciones entre los cubes las federaciones en el seno del marco
jurídico del que ambas partes se han dotado.
En este contexto de base asociativa
es donde entes como la FIFA atreves de su reglamento sobre el estatus y la
transferencia de jugadores. Y la RFEF mediante su reglamento general determinan
la obligación asociativa puesta a disposición de las respectivas selecciones
nacionales.
Implicaciones
económicas:
Puede
admitirse que de forma directa los clubes implicados no reciben específicamente
por el concepto de liberación una cantidad económica determinada.
ASPECTOS
JURÍDICOS
Este ordenamiento jurídico han parado
sobradamente las disposiciones privadas de las federaciones deportivas, que han
posibilitado un apoyo legal a la liberación de los deportistas a las
selecciones nacionales esta identificada fundamentalmente en dos artículos de
la ley del deporte de 1990.
Articulo 29.1: ¨las sociedades anónimas
deportivas y el resto de los clubes deportivos, al objeto de formar la
selección nacional, deberán poner a disposición de la federación que
corresponda, los miembros de su plantilla deportiva, en las condiciones que se
determinen¨.
articulo
47.1: 1. Es obligación de los deportistas federados asistir a las convocatorias
de las selecciones deportivas nacionales para la participación en competiciones
de carácter internacionales, o para la preparación de las mismas. 2. cuando los
deportistas federados, fuesen sujetos de una relación laboral, común o
especial, su empresario conversara tal carácter durante el tiempo requerido
para la participación y competiciones internacionales o la preparación de las
mismas, para bien de los agentes.
INTERMEDIARIOS
EN LA CONCENTRACIÓN: LOS AGENTES DE DEPORTISTAS
El agente o representante es la persona o
empresa que negocia en nombre de un atleta, su contrato de trabajo le ayuda a
explotar su imagen comercial.
Su
función básica es buscar nuevas y mejores propuestas de trabajo dependiendo del
contrato de representación que hallan firmado las partes inclusive.
Representar
atletas puede ser muy factible si tienen los contactos adecuados, poder de
convencimiento, capacidad para negociar y un golpe de suerte, este puede
volverse millonario en poco tiempo.
Sus
pagos se dan atreves de comisiones, por lo general es del 4 al 10 por ciento
sobre el salario anual del jugador y de 10 a 20 por ciento sobre los ingresos
provenientes del derecho de imagen y los
contratos de patrocinio.
Los
agentes trabajan atreves de una agencia o como agente independiente donde no
existen tantas complicaciones como cuando se trabaja para una agencia.
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