República bolivariana de Venezuela
Ministerio del poder popular para la
educación universitaria
Universidad deportiva del sur
San Carlos – Estado Cojedes
Contrato, patrocinio y nuevas tecnología
Bachilleres:
Medina Brisset
Gi Angelith
Perez Francisco
Am802
El
patrocinio deportivo
El patrocinio deportivo es un tipo de patrocinio especializado en el deporte
así como en los valores que el deporte pueda transmitir asociando una marca o
producto a un club, deportista o evento.
Es una realidad que el deporte
se ha transformado desde un mero hobby o actividad física saludable de principios
del S. XX en un sector a tener en cuenta en una economía, lo cual provoca la
profesionalización de los deportistas, del propio sector y de todos sus
niveles.
Un sector tan amplio que no se
reduce tan solo a los equipos profesionales del más alto nivel, sino que
engloba a su vez tanto pabellones deportivos municipales con su oferta de
actividades, como de los clubes y gimnasios privados, la venta de material
deportivo, el patrocinio de una entidad deportiva por parte de una determinada
empresa comercial, o la organización de macro eventos deportivos (Olimpiadas,
competiciones de alcance europeo, mundial, etc.)
El
contrato deportivo
El contrato deportivo nace de una relación jurídica-laboral entre el deportista profesional y su entidad deportiva, con la finalidad de establecer un ligamen entre el trabajador y el club o asociación deportiva, con el fin de garantizarle a ambas partes derechos y obligaciones entre sí. La definición y delimitación de dicho contrato se crea debido a la necesidad de regular por parte del derecho áreas que se han desarrollado en el plano social, como los deportes, y que producto a ello; cambian o se encuentran descubiertas.
Contrato De Patrocinio
Es aquel
por el cual el patrocinado, a cambio de una ayuda económica para la
realización de su actividad deportiva, se compromete a colaborar con la
promoción del patrocinador.
El
contrato puede ser:
-en
función del patrocinador
PÚBLICO:
cuando la prestación económica es brindada por una persona jurídica estatal.
PRIVADA:
cuando el patrocinador es una persona del derecho privado, generalmente, una
empresa comercial.
-en
función del patrocinado:
COLECTIVO:
cuando el promotor del patrocinador son varias personas físicas o una jurídica:
asociaciones, federaciones, clubes.
PERSONAL:
cuando el patrocinado es un deportista.
Objetivo de patrocinio:
Ø
De carácter económico: que persiguen el
conocimiento de la empresa
Ø
De naturaleza publirrelacionista:
enderezan a la realización de sus deberes sociales extraeconómicos
El mecenazgo: Es un
tipo de patrocinio dedicado a la
actividad cultural
Patrocinio desde el punto de vista
jurídico
Gaceta o24 - 94
Ø Se
regula el patrocinio deportivo en los atletas y selecciones nacionales
integradas por menores de edad, tomando en consideración la LOPNA
Ø El
patrocinio deportivo siempre será bienvenido siempre y cuando no explote la imagen de los atletas
Ø Para
patrocinar atletas o equipos estadales, se deberá solicitar una autorización
Ø Se
prohíbe el uso de logos de juegos de azar, tabaco, bebidas alcohólicas
El art. 64 de la
LODAFEF en concordancia con el art. 47 de su reglamento, determina cuáles son
los sujetos pasivos que deberían aportar fondos para el desarrollo del deporte
- Sociedades mercantiles públicas y
privadas
- Sociedades civiles públicas o
privadas con fines de lucro
- Cualquier persona jurídica que
dentro del territorio nacional requiera de actividades con fines de lucro.
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