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jueves, 10 de diciembre de 2015

angelith gil, brisset medinas y francisco perez

República bolivariana de Venezuela
Ministerio del poder popular para la educación universitaria
Universidad deportiva del sur
San Carlos – Estado Cojedes



Contrato, patrocinio y nuevas tecnología






Bachilleres:
Medina Brisset
Gi Angelith
Perez Francisco
Am802


El patrocinio deportivo
El patrocinio deportivo es un tipo de patrocinio especializado en el deporte así como en los valores que el deporte pueda transmitir asociando una marca o producto a un club, deportista o evento.
Es una realidad que el deporte se ha transformado desde un mero hobby o actividad física saludable de principios del S. XX en un sector a tener en cuenta en una economía, lo cual provoca la profesionalización de los deportistas, del propio sector y de todos sus niveles.
Un sector tan amplio que no se reduce tan solo a los equipos profesionales del más alto nivel, sino que engloba a su vez tanto pabellones deportivos municipales con su oferta de actividades, como de los clubes y gimnasios privados, la venta de material deportivo, el patrocinio de una entidad deportiva por parte de una determinada empresa comercial, o la organización de macro eventos deportivos (Olimpiadas, competiciones de alcance europeo, mundial, etc.)
El contrato deportivo

El contrato deportivo nace de una relación jurídica-laboral entre el deportista profesional y su entidad deportiva, con la finalidad de establecer un ligamen entre el trabajador y el club o asociación deportiva, con el fin de garantizarle a ambas partes derechos y obligaciones entre sí. La definición y delimitación de dicho contrato se crea debido a la necesidad de regular por parte del derecho áreas que se han desarrollado en el plano social, como los deportes, y que producto a ello; cambian o se encuentran descubiertas.

Contrato De Patrocinio
Es aquel por el cual el patrocinado, a cambio de una ayuda económica para la realización de su actividad deportiva, se compromete a colaborar con la promoción del patrocinador.


El contrato puede ser:
-en función del patrocinador
PÚBLICO: cuando la prestación económica es brindada por una persona jurídica estatal.
PRIVADA: cuando el patrocinador es una persona del derecho privado, generalmente, una empresa comercial.
-en función del patrocinado:
COLECTIVO: cuando el promotor del patrocinador son varias personas físicas o una jurídica: asociaciones, federaciones, clubes.
PERSONAL: cuando el patrocinado es un deportista.

Objetivo de patrocinio:
Ø  De carácter económico: que persiguen el conocimiento de la empresa
Ø  De naturaleza publirrelacionista: enderezan a la realización de sus deberes sociales extraeconómicos
El mecenazgo: Es un tipo de patrocinio dedicado  a la actividad cultural
Patrocinio desde el punto de vista jurídico
Gaceta o24 - 94
Ø  Se regula el patrocinio deportivo en los atletas y selecciones nacionales integradas por menores de edad, tomando en consideración la LOPNA
Ø  El patrocinio deportivo siempre será bienvenido siempre y cuando no explote  la imagen de los atletas
Ø  Para patrocinar atletas o equipos estadales, se deberá solicitar una autorización
Ø  Se prohíbe el uso de logos de juegos de azar, tabaco, bebidas alcohólicas
El art. 64 de la LODAFEF en concordancia con el art. 47 de su reglamento, determina cuáles son los sujetos pasivos que deberían aportar fondos para el desarrollo del deporte
  1. Sociedades mercantiles públicas y privadas
  2. Sociedades civiles públicas o privadas con fines de lucro
  3. Cualquier persona jurídica que dentro del territorio nacional requiera de actividades con fines de lucro.



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