Resumen
del video: En el presente video se puede observar, origen del derecho y las
leyes en el antiguo imperio romano y como fueron surgiendo y evolucionando a medida de las necesidades que
fueron desarrollando los distintos tipos de sociedades en dependencia de sus características
sociales, políticas y religiosas, donde dejaron de tomar las justicia por sus
propios medios y se empezaron a regir por leyes ya prescritas lo cual permite
un mayor ordenamiento
También
se toma en cuenta que se apegaron a diferentes culturas como modelo (especialmente
la griega), para formar su propia sociedad sin embargo
A
estas alturas aun se sigue evidenciando algún tipo de comportamiento de esas
culturas lo cual se afianza en sus orígenes que a través del tiempo han ido
evolucionando satisfactoriamente
Explicación
de la Pirámide de Kelsen
La
pirámide de Kelsen se expresa de forma
que El ordenamiento jurídico sería pues jerárquico, escalonado, una especie de
pirámide cuya cúspide ocuparía la Consitución como norma suprema del sistema
normativo de un Estado (más allá estaría el orden jurídico internacional, en
cuya superioridad Kelsen creía) y por debajo de las cuales, con una eficacia
derivada de la Grundnorm o norma fundamental, estarían las leyes, los
reglamentos, otras disposiciones gubernativas de carácter general, los actos
administrativos, etc, etc en función del rango jerárquico del órgano que la
emana y de los efectos (generales o particulares) que tales normas tengan.
Esta
concepción kelseniana del sistema jurídico normativo de un estado, conocida
como Stufenbau theorie o “Teoría piramidal” se complementa con
un modelo de revisión de adecuación de toda la normativa a la constitución a un
solo Tribunal, y no a a todos los tribunales que componen la jurisdicción
ordinaria. Este modelo de revisión constitucional es el origen de los
Tribunales Constitucionales nacidos a la luz de las primeras constituciones
europeas del siglo XX.
La justicia depende
de los valores de una sociedad y de las creencias individuales de cada persona.
El
concepto tiene su origen en el término latino iustitĭa y permite
denominar a la virtud cardinal que supone la inclinación a otorgar a cada uno
aquello que le pertenece o lo concierne. Puede entenderse a la justicia como lo
que debe hacerse de acuerdo a lo razonable, lo equitativo o lo
indicado por el derecho.
La
división del derecho es un tema crucial dentro del derecho, por lo cual es
claro que debe ser materia de estudio por parte de los estudiosos del derecho y
en este orden de ideas es claro que debe ser materia de estudio por parte de
los tratadistas. Si un comparatista no conoce este tema es evidente y claro que
no conocerá ni dominará un tema importante en el derecho comparado.
La
división del derecho en derecho público y en derecho privado existió en el
derecho romano, es decir, ya en el derecho romano el derecho se
dividía en derecho público y en derecho privado.
"El Derecho
privado es la rama del Derecho que se ocupa preferentemente de las
relaciones entre particulares. También se rigen por el Derecho privado las
relaciones entre particulares y el estado cuando éste actúa como un
particular, sin ejercer potestad pública alguna (es, por ejemplo, el caso de
las sociedades o empresas con personalidad jurídica
propia creadas según las normas de Derecho mercantil y en las que el Estado
o sus organismos autónomos ostenten un poder decisorio).
El
Derecho privado se suele contraponer al Derecho público, que es la parte del
ordenamiento jurídico que regula las relaciones de los ciudadanos con los
poderes públicos y de los poderes públicos entre sí".
Además
se establece sobre los antecedentes en la misma:
"Antecedentes
históricos
La
clasificación entre Derecho público y privado se remonta a la antigua Roma
, pero está hoy en día en declive: muchas técnicas y relaciones
típicas del Derecho Privado las encontramos en el ámbito de las relaciones con
y entre los poderes públicos, y a la inversa, aspectos que usualmente se han
dado en el campo del Derecho Público aparecen adornando relaciones de Derecho
Privado. Por ello esta división ha sido ampliamente criticada y en la
actualidad no tiene tanta fuerza.
También
contribuye a esta situación la continua tendencia de la Administración pública
de simplificar su funcionamiento acudiendo al derecho privado, mediante la
externalización de algunas de sus actividades en sociedades sujetas al derecho
privado.
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