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lunes, 21 de septiembre de 2015

ORIGEN DE LAS LEYES

Video del Origen de las leyes e analisis de la investigacion integrantes LINARES LUIS, COLMENAREZ ALBERTH, CAMARGO ANTHONY , JOSE CALLES




Los Romanos

Roma, una cuidad llena de apego a las leyes y reglas. En sus comienzos lo que valía como ley eran sus costumbres, es decir, se dejaban llevar por soluciones realizadas por personas que habian pasado por el mismo problema. Estos realizaban sus normas y se guiaban por el buen funcionamiento de la vida humana, por consiguiente si alguien actuaba mal se le aplicaban esas normas convertidas en leyes para castigarlos.

En este sentido, los gobernantes realizaban aglomeraciones en circos para que los insatisfechos de las reglas y normas de ese momento realizaran peleas que llevaban a la muerte entre ellos mismos. De tal forma, de todos los legados de la antigua Roma el mas caracteristico es el Derecho, basandose en sus "mil años de Derecho". La palabra Justicia se deriva de la palabra latina IUS-LEY, mas que en las leyes es en este apecto donde se derivan  todas las normas y leyes actuales. Ciceron; expreso el concepto de ley civil como  ALGO QUE NO DEBE SER DOBLEGADO POR LA INFLUENCIA, ROTO POR LA FUERZA O CORROMPIDO POR EL DINERO. Desde entonces, el derecho y las leyes han sido el camino para lograr la justicia.

Por otra parte, si la ley griega queria ser cambiada y/o modificada debia ser mostrada y aceptada por todos los habitantes de la nacion; llamandose democracia. La fe griega estaba totalmente ligada a las leyes. Entonces, los romanos tomaron como ejemplo muchas costumbres griegas para lograr un buen convivir que con el tiempo fueron poco a poco modificadas para crear sus propias culturas. 

Los derechos romanos fueron escritas en 12 tablas totalmente diferentes, ubicadas en sitios estrategicos para que todos supieran de ellos. Consistian en una serie de leyes y normas para hacer referencia en tribunales, derechis de propiedad, comportamiento, etc. Al principio la ley romana era básicamente ley civil a favor de todos los ciudadanos. Fue hasta tiempo después que se creo y aparece la ley criminal que se basaba en el castigo a los que cometieran algún delito. Justiniano (Emperador) codificó todo el derecho civil correspondiente y su concepto pasa a ser para todo el mundo occidental.


Justicia

La justicia es la proporcionalidad directa del equilibrio entre hechos y consecuencias, entre deberes y derechos, entre cargas y beneficios.  La Justicia constituye  el termómetro con el cual puede medirse la evolución jurídica e institucional de una nación.

¿Cuál es la diferencia entre derecho privado y público?

El Derecho Privado corresponde a todo lo referente a contratos, a situaciones jurídicas relacionadas en actos de mutuo consentimiento o simplemente entre particulares, suponiendo relaciones en posiciones de igualdad, buscando los intereses particulares de las personas; mientras que el Derecho Público es aquel que regula las relaciones entre el estado y los particulares a través de sus instituciones, por lo tanto sus mandatos no se encuentran sujetos a la autonomía de la voluntad que pudiesen ejercer las partes, si no que priva el interés colectivo.

DERECHO PUBLICO

Es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre las personas o entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público cuando estos últimos actúan en ejercicio de sus legítimas potestades públicas (jurisdiccionales, administrativas, según la naturaleza del órgano que las ejerce) y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido, y de los órganos de la Administración pública entre sí.

-La característica del derecho público es que sus mandatos no se encuentran sujetos a la autonomía de la voluntad que  pudiesen ejercer las partes (es decir «no» pueden ser modificados por las partes en uso legítimo de su autonomía de la voluntad).

-En el derecho público predominaría la heteronomía y las normas de corte imperativo u obligatorio.

- La típica relación de derecho público, en cambio, estaría marcada por una desigualdad derivada de la posición soberana o imperium con que aparece revestido el o los organismos públicos (poderes públicos) que en ella interviene.

- Mientras que en las normas de derecho público estarían presididas por la consecución de algún interés público.

- Derecho público: Derecho penal, Derecho constitucional, Derecho administrativo, Derecho tributario y Derecho procesal.

DERECHO PRIVADO 

Se ocupa preferentemente de las relaciones entre particulares. También se rigen por el Derecho privado las relaciones entre particulares y el Estado cuando éste actúa como un particular, sin ejercer potestad pública alguna (es, por ejemplo, el caso de las sociedades o empresas con personalidad jurídica propia creadas según las normas de Derecho mercantil y en las que el Estado o sus organismos autónomos ostenten un poder decisorio).

-En el derecho privado se haría prevalecer la autocomposición de los intereses en conflicto y las normas de corte dispositivo(normas que actúan en el caso de no haber acuerdo o disposición contractual previa entre las partes implicadas).

-Las partes en 
el derecho privado se suponen relacionadas en posiciones de igualdad, al menos teórica. 
-Se dice que las normas de derecho privado tenderían a favorecer los intereses particulares de los individuos. 

-El Derecho privado se suele contraponer al Derecho público, que es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones de los ciudadanos con los poderes públicos y de los poderes públicos entre sí.

-Derecho privado: Derecho civil y Derecho mercantil.

A que se refiere el derecho internacional frente al derecho nacional

Se refiere al conjunto de normas y regulaciones internacionales que poseen un carácter de supremacía ante las leyes nacionales, puesto que estas han sido fundamentadas en virtud de tratados, contratos, convenios, acuerdos voluntarios entre naciones, por lo tanto su naturaleza es supranacional; en tanto que el Derecho Nacional o Derecho interno es de obligatorio cumplimiento para todos los ciudadanos de ese país. 

Pirámide Hans Kelsen

Representa el orden jerárquico de las leyes y la manera como se estructura el ordenamiento jurídico. A través de él, se rige la institucionalidad de un país. Esta pirámide posee en su ápice a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y debajo de ella, los códigos, leyes orgánicas, leyes especiales, las cuales conforman el nivel legal; y en el nivel sub legal las ordenanzas, decretos, resoluciones, sentencias y contratos.





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