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martes, 22 de septiembre de 2015

Análisis y Conceptos de Justicia y Tipos de Derechos (Bachilleres: Jorge Pérez, Brisset Medina, Francisco Pérez y Angelith Gil)

Justicia 
Son valores o normas la cual son esenciales para tener un desarrollo y una convivencia agradable en la sociedad, estas normas son conformadas y aplicadas por jueces que al momento de ser violadas el estado deberá impartir justicia, dependiendo de la falta ocurrida.

Diferencia entre Derecho Público y privado

Derecho público
Regula las relaciones entre las personas e identidades privados, esta se rigen por los órdenes del poder público, los mandatos del derecho público no se encuentra sujeto a la autonomía este quiere decir que no se puede modificar por parte de uso legislativo de su autonomía de la voluntad. Y esta predomina la heteronomía y las normas y leyes imperativas u obligatorias, el derecho público conllevan una relación de desigualdad por las posiciones sociales con los que aparecen unidos a los organismos públicos, las normas de derecho público son aplicadas por un interés público.
Derecho Privado
Se ocupa de los procedimientos particulares, también actúan en empresas o sociedades con personalidad jurídica propia creada por las normas y leyes de derecho mercantil y la que el estado ordene. Las normas creadas para el desarrollo privado se suelen contraponer con el derecho público que es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones de los ciudadanos con los poderes públicos.

Derecho Internacional:
Está conformada por acuerdos entre países como lo son los tratados internacionales con diferentes denominaciones según el caso (tratados, pactos, convenios, cartas, memorándum, declaraciones, conjunto, intercambios, notas entre otros. De igual manera las costumbres internacionales que se crean por sus prácticas seguidas, esto se establece obligatoriamente por los principios generales dl derecho.
Derecho Nacional:
Es aquel conjunto de reglamentaciones de derecho positivos que se encuentran vigente en un determinado estado, esta tiene fuentes y sensaciones que le son propias y ese estado que se constituyen normas que reguiran las relaciones de los particulares dentro de ese estado sin que intervengan ningún elemento extraño o exterior a ese estado.  

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